
DESAFÍOS DEL DERECHO EN LA ERA DIGITAL
20, 21 y 22 de Octubre de 2022
Centro Provincial de Convenciones | Entre Ríos | Argentina

Organiza: Colegio de la Abogacía de Entre Ríos || Coorganiza: Sección Paraná del CAER
INSCRIPCIÓN
La inscripción se habilitará a partir del 1° de Julio

* El arancel no incluye cena, alojamientos y/o traslados.-

* El arancel no incluye cena, alojamientos y/o traslados.-
Tenga a mano su tarjeta de Credito/Débito para realizar el pago
TEMARIO
Derecho Administrativo, Constitucional y Ambiental
Leyes no sancionadas que manda la Constitución de 2008.
Derecho y su aplicación en el estado de excepción. Derecho a la salud frente al covid 19. Judicialización. Acción de Amparo. Aspectos procesales.
Hidrovía, rol de la provincial, aspectos económicos, políticos y su influencia en el ecosistema del río Paraná. Derechos de Incidencia Colectiva, Energías renovables y cambio climático. Las empresas y la conservación de los bienes ambientales. La protección del patrimonio natural y cultural en Entre Ríos. Las nuevas tecnologías aplicadas a la conservación del ambiente. Catástrofes ambientales y políticas públicas. La tutela del ambiente en la Provincia de Entre Ríos. Protección de los humedales. Contralor legal sobre los parques y áreas industriales en Entre Ríos. Tratamiento de residuos contaminantes. Saneamiento ambiental de las ciudades. Organización urbana y participación ciudadana.
El procedimiento administrativo. El expte. electrónico administrativo. Teletrabajo, procedimientos y administración virtual. La Contratación Pública Digital y el Derecho Administrativo. Los contratos internacionales en los que la Provincia es parte. El Agente Financiero y el Derecho Administrativo.
Organización del Cuerpo de Abogados del Estado. Control de legalidad. Dictámen jurídico previo.
Responsabilidad del Estado. La ejecución de sentencias contra el Estado Provincial. El control jurisdiccional de la actividad legislativa y administrativa.
Administración Pública y Perspectiva de Género. Régimen especial de licencias por violencia de género, maternidad/paternidad. Sumarios por violencias de género en el ámbito laboral de la administración pública.
Compensaciones económicas. Enriquecimiento sin causa
Derecho de las Familias, Niñeces, Mujeres y Disidencias
Alimentos
Violencia Económica y patrimonial.
Regimen de comunicación. Rol de los equipos interdisciplinarios en el diseño del plan de parentalidad y en la resolución de conflictos.
Las vulneraciones de derechos en las niñas, niños y adolescentes.
Intervención del Estado. Rol en su cuidado.
Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas de protección adoptadas en los casos de violencia de género. Medidas de protección en casos de violencias. Seguimiento y control de las medidas.
Perspectivas en el abordaje de la salud mental de las niñeces y los adolescentes con padecimiento mental y consumo problemático de sustancias.
Internaciones.
Declaración de la situación de adoptabilidad de niñas, niños y adolescentes. Figuras legales para resolver la situación jurídica definitiva.
Abogado/a de las niñas, niños y adolescentes.
Derecho del Trabajo
TEMARIO GENERAL:
Derecho Procesal del Trabajo.
Derecho Individual del Trabajo: temas fundamentales. Derecho Colectivo del Trabajo.-
Derecho de daños laborales. Reparación de daños en riesgos del trabajo.
TEMAS DE ESPECIAL ACTUALIDAD:
Inconstitucionalidad de las Comisiones Médicas en materia de Riesgos del Trabajo y garantía de acceso a la tutela judicial continua y efectiva.-
Cuestiones de actualidad en materia de género y derecho del trabajo. Erradicación de la Violencia en las relaciones laborales. Riesgos piscosociales. La Ratificación del Convenio Nº 190 de la O.I.T. y la vigencia de la recomendación Nº 206. Importancia del Derecho Internacional de los DDHH en la materia.-
Actualidad en Derecho Procesal del Trabajo y Procesos de reforma.
Nuevas tecnologías y Derecho del Trabajo. Configuración de la relación de dependencia.
Créditos laborales en concursos y quiebras.
Derecho Civil y Comercial
Hechos y actos jurídicos. Vicios de la voluntad. Ineficacia. Nulidad de los actos jurídicos.
Contratos. Régimen y naturaleza en el nuevo Código Civil y Comercial. Los contratos en época de pandemia. Revisión y adecuación contractual. Locaciones inmobiliarias y arrendamientos rurales.
Derecho reales. Dominio. Conjuntos inmobiliarios. Derechos reales de garantía.
Daños. Responsabilidad derivada de la pandemia. Función preventiva de daño. Cuantificación del daño. Cuantificación del daño con perspectiva de género, cuantificación de daños derivados de abuso y violencia de género.
Derecho del consumidor. Principios. Jurisprudencia entreriana. Prescripción de las acciones entabladas por consumidores y proveedores. Responsabilidad por daños en el ámbito de la Ley de Defensa al Consumidor. Consumo y entornos digitales. Consumo y derecho administrativo. Consumo y género. Contratos por adhesión y consumo.
Seguros. Reforma de la ley 17418 y del Seguro Obligatorio Automotor. Actualización del límite de cobertura y unificación de criterios jurisprudenciales. El funcionamiento del art.56 LS. Diferentes criterios jurisprudenciales.
Crisis empresaria, concursos y pandemia. Sobreendeudamiento del consumidor y pandemia. Concurso de la Sociedad y responsabilidades de administradores sociales. Acreedores involuntarios y convencionalidad. Proceso concursal informatizado. Derecho societario: nuevas tendencias. Sociedad por Acciones Simplificada.Tecnología y Derecho societario. Sociedades de la Sección IV del Cap. I de la LGS. Sociedad Unipersonal. Conflictos societarios. Empresas familiares. Fideicomiso. Responsabilidad del Fiduciario. Fideicomiso en cuestiones societarias. Fideicomiso y supuestos concursales.
Derecho Penal y Procesal Penal
Técnicas de Litigación Penal
Proceso acusatorio en la provincia de Entre Ríos. Juicio por jurados.
Delitos de narcomenudeo. Legalización del cannabis
Perspectiva de género y violencia de género en el proceso penal.
Plazo razonable y prescripción
Reflexiones sobre los fines de la pena
La justicia restaurativa como remedio al conflicto penal. El nuevo rol de la víctima como sujeto participativo en la decisión judicial desde un modelo de reparación.
Derecho Procesal Civil y Comercial, Innovación Tecnológica y Gestión
Proceso civil y comercial. Principios procesales. Nuevas estructuras. Reforma procesal. Cambio de paradigmas. Nuevas tecnologías y su implementación. Incidencia en el ejercicio profesional. Gestión judicial y eficacia del proceso.
Oralidad. Audiencias presenciales, virtuales y mixtas. Arbitraje institucional
Expediente electrónico judicial. Actualidad de la Prueba electrónica. Cuestiones procesales de la contratación electrónica. Títulos ejecutivos electrónicos. Subasta electrónica.
Herramientas digitales. Firma digital y Firma electrónica. Blockchain, Criptomonedas.
Inteligencia artificial. Posibilidades de su efectiva aplicación y funcionalidad.
Proceso sucesorio
Medios Alternativos de Resolución de Conflictos
Reforma del CPCC en lo referente al capítulo de Medios Alternativos de Resolución de conflictos.
Reforma al Reglamento de Mediación Previa y Obligatoria. Mediaciones virtuales – mediaciones interinstitucionales/internacionales (Mercosur). Necesidad de que exista una Ley Nacional.
Honorarios de Mediadores y abogados en la mediación. Jurisprudencia. Reforma legislativa.
Mediación y violencia de género
El rol del mediador en las mediaciones donde participan compañías de seguros.
De la Abogacía
Ley de Colegiación Entrerriana 10855. Nuevos órganos, funciones y facultades. Reglamentos, reforma.
Pautas éticas para el ejercicio profesional, su actualización. Perspectiva de género en el ejercicio profesional.
Honorarios profesionales. Jurisprudencia. Proyectos de reforma.
Caja Forense.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Dónde se realiza? Paraná, en el Centro de Convenciones
Cuándo se realiza? 20, 21 y 22 de octubre de 2022
Quién organiza? Colegio de la Abogacía de Entre Ríos; coorganizada Sección Paraná
Cual es la página del Congreso: congresoprovincial.caer.org.ar
A qué materias refiere? abarca un amplio espectro de materias, divididas en comisiones
Comisión 1: Derecho administrativo, constitucional y ambiental
Comisión 2: Derecho de las Familias, niñeces, Mujeres y Disidencias
Comisión 3: Derecho de Trabajo
Comisión 4: Derecho Civil y Comercial
Comisión 5: Derecho Penal y Procesal Penal
Comisión 6: Derecho Procesal Civil y Comercial e innovación tecnológica
Comisión 7: Medios alternativos de resolución de conflictos
Comisión 8: De la abogacía
Cuál es el temario? el mismo puede consultarse en la página de Congreso
Quienes pueden presentar ponencia? quienes se encuentren inscriptos en el Congreso en forma individual o por grupos con un máximo de 4 integrantes
Qué requisitos deben cumplir las ponencias?
- Deben referir sólo a temas incluidos en el programa, cumplimentando los requisitos formales que figuran en el Reglamento General de Congreso
- Deberán remitirse a la dirección electrónica del Congreso: cpd22@caer.org.ar en formato PDF desde la dirección electrónica declarada ante el C.A.E.R.
- La fecha tope de presentación vence el 30 de septiembre de 2022 a las 24 horas
Hay preparatorias?
Si, hay 5 preparatorias:
- 30/6/22 en Concepción de Uruguay
- 28/7/22 Gualeguaychú
- 25/8/22 Nogoyá
- 02/09/22 Concordia
- 08/09/22 Paraná
Se publicarán las ponencias? Las ponencias presentadas en término y admitidas serán publicadas en la página de Congreso.
Serán seleccionadas dos (2) ponencias por cada comisión para ser publicadas junto con las conclusiones del Congreso.
Cuáles son los aranceles?
- desde el día 01/07/2022 a 15/08/2022 GENERAL: $12.000 (pesos doce mil) NOVELES: $8.400 (pesos ocho mil cuatrocientos) ESTUDIANTES: $6.000 (pesos seis mil)
- desde el día 16/08/2022 a 15/09/2022: GENERAL: $13.500 (pesos trece mil quinientos) NOVELES: $9.450 (pesos nueve mil cuatrocientos cincuenta) ESTUDIANTES: $6.750 (pesos seis mil setecientos cincuenta)
- desde el día 16/09/2022 en adelante: GENERAL: $15.000 (pesos quince mil) NOVELES: $10.500 (pesos diez mil quinientos) ESTUDIANTES: $7.500 (pesos siete mil quinientos)
Cómo se abona? a través de sistema HOME CAER a través de la página del XIII Congreso Provincial de Derecho creada a tal efecto
Donde se puede consultar por inscripciones? a la dirección de mail inscripciones@congresoprovincial.caer.org.ar
REGLAMENTOS
REGLAMENTO GENERAL DEL XIII CONGRESO PROVINCIAL DE DERECHO
Artículo 1º.- OBJETO.- El XIII Congreso Provincial de Derecho, convocado por el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, tendrá por objeto el tratamiento de las materias incluidas en su temario, a través de la consideración y análisis de los trabajos presentados por los ponentes, teniendo como objetivo el de generar un ámbito de intercambio de ideas, actualización, generación de propuestas en relación a la legislación, doctrina y jurisprudencia provinciales, considerando los cambios sociales, sanitarios, culturales, económicos, la aplicación de las nuevas tecnologías a la labor profesional y los desafíos post pandemia. En definitiva, se pretende un aporte al mejoramiento de las ciencias jurídicas con especial foco en el ámbito provincial.
Artículo 2º.- LUGAR Y FECHA DE REALIZACIÓN.- El XIII Congreso Provincial de Derecho, se llevará a cabo en la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, durante los días 20, 21 y 22 de octubre de 2022, de conformidad con el Programa de actividades previsto por sus autoridades.
Artículo 3º.- MIEMBROS.- Podrán participar del XIII Congreso Provincial de Derecho, previa inscripción y acreditación:
- I) Miembros titulares: Participarán activamente con derecho a voto:
- a) Profesionales de la Abogacía matriculados/as en el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, o bien de otros Colegios o Asociaciones de Abogados.
- b) Profesionales de la Abogacía que se desempeñen como magistrados/as, funcionarios/as o empleados/as del Poder Judicial de la provincia; o como magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial de la Nación, profesionales de la Abogacía con prestación de servicios en los demás poderes del Estado Nacional, Provincial o Municipal o que ejerzan la docencia.
- II) Asistentes: Profesionales de otras disciplinas o personalidades especialmente invitados por su conocimiento en algunas de las materias a tratar.
III) Los estudiantes de derecho podrán asistir a las sesiones.
Artículo 4º.- ÓRGANOS DEL CONGRESO.- Son órganos del Congreso: a) Comisión Honoraria, b) Comisión Organizadora; c) Comisión Ejecutiva; d) Comisión Coordinadora, d) Comisión Académica, e) las Comisiones de Trabajo.
Artículo 5º.- ÓRGANOS: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES.- Los Órganos del Congreso se integrarán y sus funciones serán:
- a) COMISIÓN HONORARIA: tendrá por función presidir protocolarmente su organización y desarrollo. Estará integrada por quienes la Comisión Directiva del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos designe.
- b) COMISIÓN ORGANIZADORA: tendrá a su cargo establecer las directivas o criterios generales de organización del Congreso adaptados al presupuesto asignado y al Temario definitivo aprobado por el CD del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos; y asistir con su experiencia y los medios disponibles a la coordinación del congreso.
- c) COMISIÓN COORDINADORA: tendrá a su cargo la organización del Congreso en sus diferentes áreas y aspectos. Resolverá la creación, integración y reagrupamiento de Comisiones de trabajo; asignará las ponencias presentadas a las correspondientes Comisiones de Trabajo; podrá elaborar el Reglamento interno y el de Deliberaciones a los que sujetarán su accionar dichas comisiones. Organizará la infraestructura necesaria para el funcionamiento del Congreso; recibirá y atenderá a los asistentes e invitados al evento y coordinará la totalidad de los servicios que se ofrecen. Será dirigida por la Coordinadora General del Congreso designada por la Comisión Directiva del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos quien planificará, organizará y supervisará la realización y desarrollo general y el trabajo interno de la propia Comisión, asignando tareas a sus integrantes individual o grupalmente y supervisará las tareas de las comisiones de trabajo, informando periódicamente los avances realizados a la Comisión Directiva del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos.
- d) COMISIÓN EJECUTIVA: tendrá a su cargo resolver todas las cuestiones que se planteen durante la organización y realización del Congreso y especialmente las traídas a su consideración por las autoridades de las Comisiones de Trabajo, a cuyo efecto interpretará los reglamentos y todas las resoluciones que hubieren adoptado la Comisión Organizadora o la Comisión Coordinadora. Sus resoluciones serán inapelables. Está integrada por el Presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, el Presidente de la Sección Paraná del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y la Coordinadora General del Congreso.
- e) COMISIÓN ACADÉMICA: podrá proponer la invitación de instituciones o personas con actuación relevante en relación con los temas a tratar en cada evento, conferencias y mesas redondas a realizar; emitirá dictamen en el procedimiento de selección de ponencias para publicar en el Libro del Congreso.
- f) COMISIONES DE TRABAJO: estarán integradas por quienes, inscriptos en el Congreso, manifestaran su voluntad de participar en alguna de las áreas temáticas Serán dirigidas por un/a Presidente asistido/a por un Secretario/a de Actas y un/a Secretario/a Relator/a. Presidente y Secretario/a de Actas serán designados por la Comisión Coordinadora y el Secretario Relator por el Presidente
de la Comisión de Trabajo entre los miembros de esta y como primer punto a resolver. Tendrán la tarea de considerar y debatir ponencias sobre los temas propios de cada una, elaborando las conclusiones para su presentación en el plenario. Deberán respetar los reglamentos aprobados para su funcionamiento, deliberación y resoluciones.
Artículo 6º.- RECEPCIÓN DE PONENCIAS.- La Comisión Coordinadora será la receptora de las ponencias y trabajos que se remitan por los miembros inscriptos del Congreso, las que serán agrupadas de acuerdo al temario y entregadas oportunamente a los/las Presidentes de cada Comisión de Trabajo. El resultado de los trabajos elaborados, ponencias y/o los debates generados en las comisiones en base al temario propuesto, resultará en conclusiones que serán leídas por el/la Secretario/a Relator/a de cada una de estas en la reunión plenaria de clausura del Congreso, trabajo que será entregado a la Comisión Coordinadora para su posterior publicación en la página web del Congreso. En esta reunión plenaria no se podrán debatir los contenidos de las conclusiones de cada Comisión de Trabajo, quedando cerrado su tratamiento con la lectura de los mismos por los Secretarios Relatores.
Artículo 7º.- PONENCIAS: CONTENIDO, PLAZO Y FORMA.- Solamente se podrán presentar ponencias y trabajos sobre los temas incluidos en el programa. Sólo podrán remitir ponencias quienes se encuentren debidamente inscriptos en el Congreso. Las ponencias podrán ser presentadas en forma individual o por grupos que no superen los cuatro integrantes.
Deberán además, respetar las siguientes condiciones:
- a) Redacción. Idioma. Formato : Las ponencias deberán redactarse en idioma español, en formato de papel A4, en tipografía Arial 12, interlineado 1,5 líneas, márgenes: superior 2,5 cm; izquierdo: 4 cm. Encua 2,5 cm: derecho: 2,5 cm, encuadernación: 0; inferior: anverso y extensión máxima de 10 (diez) carillas.
- b) Deberán incluir portada y sumario del contenido, debiendo constar en la carátula lo siguiente : indicación de la Comisión, tema, apellido y nombre del o los autores, Sección del C.A.E.R. a la que pertenece, dirección postal, dirección de correo electrónico del autor, conclusiones.
- c) Deberán remitirse a la dirección electrónica del Congreso: cpd22@caer.org.ar. en formato PDF desde la dirección electrónica declarada ante el C.A.E.R.
- d) La fecha tope de presentación vence el 30 de septiembre de 2022 a las 24 horas. Las ponencias presentadas en término y que cumplan rigurosamente con las condiciones establecidas precedentemente, serán publicadas en el sitio web del Congreso. Las que se reciban con posterioridad a la fecha de cierre, no serán publicadas en el sitio web del Congreso y si bien se asignarán a una Comisión de Trabajo ésta las incorporará para su eventual consideración, luego de concluido el tratamiento de su listado original de ponencias.
- e) La Comisión Coordinadora notificará a los ponentes la admisión, necesidad de adecuación, o rechazo de las ponencias en caso de no cumplir los requisitos exigidos y/o el vocabulario utilizado. La Comisión Coordinadora no será responsable del sentido jurídico y/o las reseñas que el autor de la o las ponencias, lo cual será de responsabilidad exclusiva del autor.
- f) La sola presentación de las ponencias o trabajos autoriza por parte del/los autor/es, su publicación mediante cualquier medio mecánico o electrónico por parte del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, sin que ello signifique el pago de derecho alguno.
Artículo 8°.- PONENCIAS. SELECCIÓN. PUBLICACIÓN.- La Comisión Coordinadora, previa evaluación de la Comisión Académica, seleccionará las mejores dos (2) ponencias de cada Comisión de Trabajo entre las que fueran presentadas en tiempo y forma, a los efectos de incluirlas en el libro del Congreso, junto con las conclusiones de cada Comisión de Trabajo.
Articulo 9°.-: Las Comisiones de Trabajo tendrán a su cargo considerar, analizar, debatir las ponencias que le fueren asignadas y elaborar conclusiones finales para su exposición ante el Congreso en pleno. Las tareas a cargo de las Comisiones de Trabajo se desarrollarán conforme a las previsiones de los reglamentos aprobados para el funcionamiento del Congreso y para las deliberaciones de las Comisiones. Estarán en todos los casos sujetas –además-, a las resoluciones que dicte la Comisión Coordinadora. Serán integradas por los participantes del Congreso que hubieren optado por trabajar en el área temática correspondiente a cada una de ellas.
Articulo 10°.- CIERRE.- El cierre del Congreso tendrá lugar en reunión plenaria que iniciará el día 22 de octubre de 2022, a las 9:00 hs. En ella los/las Secretarios/as Relatores de cada una de las Comisiones de Trabajo darán lectura a las conclusiones elaboradas. En la reunión plenaria no se habilitará el debate de los contenidos de las conclusiones de cada Comisión de Trabajo, cuyo tratamiento se considerará concluido con su simple lectura.
Artículo 11°.- ARANCELES E INSCRIPCIONES.- Los aranceles, modalidades y fecha de pago, serán establecidos por la Comisión Organizadora. También estarán a su cargo la fijación de los requisitos de inscripción para los participantes del Congreso, los cuales serán plasmados en el formulario de inscripción que a tal fin se desarrollará en la web oficial del evento.
Artículo 12º.- CERTIFICADOS DE ASISTENCIA Y OTROS.- La Comisión Ejecutiva emitirá certificados de asistencia en formato digital, los cuales se pondrán a disposición al momento de la finalización del evento para su descarga por parte de los asistentes que hayan registrado su participación activa durante el congreso.
Asimismo podrá otorgar certificados a quienes colaboren con el desarrollo del evento y de acuerdo con la función desempeñada, como así también a las autoridades del evento; los que serán entregados en formato virtual días posteriores a la conclusión del mismo.
REGLAMENTO DEL TRABAJO EN COMISIONES
Artículo 1º.- NÚMERO.- Funcionarán ocho Comisiones o las que en más o en menos resuelva la Comisión Coordinadora del Congreso. Cada una de ellas abordará el estudio de los temas presentados como ponencias por sus integrantes. La Coordinadora General, podrá crear nuevas Comisiones, reagruparlas en una comisión o dividir sus tareas en dos o más subcomisiones.
Artículo 2º.- MIEMBROS.- Integrarán las Comisiones de Trabajo los miembros del Congreso que, con antelación a su iniciación o al momento de inscribirse, manifestaran su voluntad de participar en una determinada Comisión. La Comisión Coordinadora entregará a cada Comisión la nómina de los miembros anotados al comienzo de las deliberaciones y la de los que lo hagan con posterioridad.
Artículo 3º.-ACTUACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LAS COMISIONES.- La actuación de los miembros de las Comisiones será a título personal. Sin perjuicio de ello se podrá solicitar se deje constancia que el punto de vista sustentado es el de la institución que lo ha designado. En todos los casos el cómputo del voto, en el seno de las Comisiones, será individual.
Artículo 4º: AUTORIDADES DE LAS COMISIONES.- Las Comisiones de Trabajo serán dirigidas por un Presidente, quien estará asistido por un Secretario de Actas y un Secretario relator. El Presidente tendrá a su cargo conducir y moderar las deliberaciones. En caso de ser titular de una ponencia y para su exposición y defensa, deberá dejar la presidencia en el/la Secretario/a Relator/a. El Secretario de Actas llevará los registros de oradores, tomará las notas necesarias y labrará las actas definitivas. el/la Secretario/a Relator/a tendrá a su cargo la lectura de las ponencias y personalmente la lectura en el Plenario de las conclusiones resueltas en cada tema tratado en Comisión.
Artículo 5º.- RESOLUCIONES SOBRE LAS PONENCIAS.- Cada ponencia será votada y se considerará aprobada por simple mayoría de los integrantes de la Comisión en la que fuere presentada. En caso de existir dos o más despachos, solamente integrarán el informe final aquellos que hayan logrado el apoyo del veinte por ciento de los miembros de la Comisión.
Artículo 6º.- ASUNTOS A TRATAR.- Las Comisiones podrán tratar las distintas ponencias que se hayan presentado sobre los temas propuestos y que hayan sido presentadas de acuerdo a lo que el Reglamento del Congreso establece. Las mismas serán entregadas al Secretario de Actas por la Comisión Coordinadora y serán sucesivamente leídas por el mismo y puestas a consideración. Además se podrá debatir sobre los temas que sean objeto de las disertaciones en el seno de
cada comisión, debiendo arribarse a una conclusión al igual que con las ponencias.
Artículo 7º.- PLAZO PARA EL TRATAMIENTO DE LOS TEMAS.- Todas las Comisiones deberán agotar el tratamiento de los asuntos sometidos en las distintas ponencias y producir los despachos, para el día viernes 21 de octubre de 2022 a la hora 20, en que serán entregados a la Comisión Coordinadora.
Artículo 8º.- FALTA DE CONSIDERACIÓN DE PUNTOS DEL TEMARIO.- En caso que la Comisión, por falta de tiempo no agotara el tratamiento de las ponencias presentadas, el/la Secretario/a Relator/a de la Comisión será quien sintéticamente habrá de informar al Plenario al solo efecto de que dicho órgano tome conocimiento.
Artículo 9º.- USO DE LA PALABRA.- En las deliberaciones, luego de la lectura de cada ponencia por el/la Secretario/a Relator/a, el ponente será invitado por el Presidente a exponer sobre su ponencia, haciendo uso de la palabra por no más de 10 minutos. Luego podrán intervenir los demás participantes de la Comisión que se hubiesen anotado en la lista de oradores formada al efecto y por su orden, podrán referirse al tema de la ponencia en tratamiento por no más de 5 minutos. El ponente podrá hacer uso de la palabra luego de haberlo hecho la totalidad de los oradores inscriptos al sólo efecto de replicar y por 5 minutos, todo sujeto al reglamento vigente para las deliberaciones.
Artículo 10º.- CONCLUSIONES.- Las conclusiones referidas a cada ponencia, serán leídas por el/la Secretario/a Relator/a de cada Comisión en el Plenario y posteriormente entregadas a la Comisión Coordinadora para su elaboración posterior y publicación en la forma prevista en la organización del Congreso.
PRESENTACION DE PONENCIAS | REQUISITOS
Parte pertinente del Reglamento General del XIII Congreso Provincial de Derecho
Artículo 7º.- PONENCIAS: CONTENIDO, PLAZO Y FORMA.- Solamente se podrán presentar ponencias y trabajos sobre los temas incluidos en el programa.
Sólo podrán remitir ponencias quienes se encuentren debidamente inscriptos en el Congreso. Las ponencias podrán ser presentadas en forma individual o por grupos que no superen los cuatro integrantes.
Deberán además, respetar las siguientes condiciones:
- a) Redacción. Idioma. Formato : Las ponencias deberán redactarse en idioma español, en formato de papel A4, en tipografía Arial 12, interlineado 1,5 líneas, márgenes: superior 2,5 cm; izquierdo: 4 cm. Encua 2,5 cm: derecho: 2,5 cm, encuadernación: 0; inferior: anverso y extensión máxima de 10 (diez) carillas.
- b) Deberán incluir portada y sumario del contenido, debiendo constar en la carátula lo siguiente : indicación de la Comisión, tema, apellido y nombre del o los autores, Sección del C.A.E.R. a la que pertenece, dirección postal, dirección de correo electrónico del autor, conclusiones.
- c) Deberán remitirse a la dirección electrónica del Congreso: cpd22@caer.org.ar en formato PDF desde la dirección electrónica declarada ante el C.A.E.R.
- d) La fecha tope de presentación vence el 30 de septiembre de 2022 a las 24 horas. Las ponencias presentadas en término y que cumplan rigurosamente con las condiciones establecidas precedentemente, serán publicadas en el sitio web del Congreso. Las que se reciban con posterioridad a la fecha de cierre, no serán publicadas en el sitio web del Congreso y si bien se asignarán a una Comisión de Trabajo ésta las incorporará para su eventual consideración, luego de concluido el tratamiento de su listado original de ponencias.
- e) La Comisión Coordinadora notificará a los ponentes la admisión, necesidad de adecuación, o rechazo de las ponencias en caso de no cumplir los requisitos exigidos y/o el vocabulario utilizado. La Comisión Coordinadora no será responsable del sentido jurídico y/o las reseñas que el autor de la o las ponencias, lo cual será de responsabilidad exclusiva del autor.
- f) La sola presentación de las ponencias o trabajos autoriza por parte del/los autor/es, su publicación mediante cualquier medio mecánico o electrónico por parte del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, sin que ello signifique el pago de derecho alguno.
Artículo 8°.- PONENCIAS. SELECCIÓN. PUBLICACIÓN.- La Comisión Coordinadora, previa evaluación de la Comisión Académica, seleccionará las mejores dos (2) ponencias de cada Comisión de Trabajo entre las
que fueran presentadas en tiempo y forma, a los efectos de incluirlas en el libro del Congreso, junto con las conclusiones de cada Comisión de Trabajo.
Articulo 9°.-: Las Comisiones de Trabajo tendrán a su cargo considerar, analizar, debatir las ponencias que le fueren asignadas y elaborar conclusiones finales para su exposición ante el Congreso en pleno. Las tareas a cargo de las Comisiones de Trabajo se desarrollarán conforme a las previsiones de los reglamentos aprobados para el funcionamiento del Congreso y para las deliberaciones de las Comisiones.
Estarán en todos los casos sujetas –además-, a las resoluciones que dicte la Comisión Coordinadora. Serán integradas por los participantes del Congreso que hubieren optado por trabajar en el área temática correspondiente a cada una de ellas.
REGLAMENTO DE DELIBERACIONES
Artículo 1º. Registro de asistencia. Una hora antes de la señalada para el comienzo de las sesiones se abrirá un registro de miembros presentes, que se mantendrá abierto hasta la conclusión de la sesión. Será obligatorio el uso de la credencial de identificación que proveerá la Comisión Coordinadora del Congreso.
Art. 2º. Horarios de sesión. Las sesiones comenzarán a la hora fijada, siempre que estuviere presente la mitad de los miembros inscriptos. Si no se lograra dicho quórum se dará comienzo a la sesión sin ese requisito quince minutos después. Las sesiones se desarrollarán ininterrumpidamente, salvo que se decida pasar a cuarto intermedio.
Art. 3º. Mayoría para las decisiones. Salvo en los casos para los que el presente Reglamento exige mayorías especiales, la requerida para la adopción de cualquier decisión será la simple de los miembros presentes, no computándose las abstenciones.
Art. 4º. Temario. No podrán considerarse en las deliberaciones asuntos no incluidos en el temario del Congreso. No podrán ser discutidos el Reglamento del Congreso, el Reglamento del Trabajo en Comisiones, el presente Reglamento ni las decisiones que en su consecuencia adopte la Comisión Coordinadora.
Art. 5º. Apertura de las sesiones. Las sesiones se abrirán con el informe del secretario de actas acerca de las ponencias, que se considerarán en el orden que haya establecido la Comisión Coordinadora, salvo moción de preferencia, que será puesta a votación sin discusión previa, y que deberá ser aprobada por el voto de los dos tercios de los miembros presentes.
Art. 6º. Uso de la palabra. El miembro que hiciere uso de la palabra se dirigirá siempre al presidente. Los miembros no podrán usar de la palabra dos veces en la consideración de un mismo tema, salvo que hubiesen sido aludidos y fueren autorizados por el presidente. Están prohibidas las alusiones irrespetuosas o que no guarden estilo, las imputaciones malintencionadas, la personalización del debate y las interrupciones no consentidas.
Art. 7º. Interrupciones y aclaraciones. Las interrupciones y aclaraciones dirigidas a quien esté en uso de la palabra serán otorgadas o denegadas con la venia del presidente y el consentimiento del orador. A quien se concediere una interrupción o aclaración dispondrá un lapso de dos minutos, que será computado en el tiempo del orador que la haya consentido.
Salvo este caso, un orador podrá ser interrumpido si transgrediere alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo anterior.
Art. 8º. Llamado a la cuestión. El presidente podrá llamar a la cuestión al orador que se apartare del tema en tratamiento. Si el orador pretendiera estar en la cuestión, la Comisión decidirá inmediatamente sin discusión
previa. Igualmente, cualquier miembro podrá pedir, como moción de orden, se vote si el orador se ha apartado de la cuestión.
Art. 9º. Llamado al orden. Cuando el presidente o la Comisión resuelvan llamar al orden al orador, éste deberá explicar su actitud o retirar los términos que hayan sido considerados impropios. Si se negare o las explicaciones no fueren satisfactorias a juicio de la mayoría de los miembros presentes, se le retiraré el uso de la palabra.
Art. 10. Reapertura del registro de oradores. El presidente, o los miembros por el voto de dos tercios de los presentes, podrá reabrir en cualquier momento de la consideración del punto en debate la lista de oradores mencionada en el artículo 9º del Reglamento del Trabajo en Comisiones, al que el presente Reglamento accede.
Art. 11. Intervención del presidente en el debate. Si el presidente quisiera opinar sobre el asunto en debate deberá invitar a ocupar la Presidencia al secretario relator hasta que finalice el tratamiento de la cuestión.
Art. 12. Desarrollo de la sesión plenaria. En la sesión plenaria sólo podrán hacer uso de la palabra los secretarios relatores de las comisiones y los miembros del Congreso designados para ello por la Comisión Coordinadora.
Art. 13. Cuestiones no previstas. Toda cuestión no prevista en el Reglamento del Congreso, el Reglamento del Trabajo en Comisiones o el presente Reglamento será resuelta por la Comisión Ejecutiva, cuyas resoluciones serán irrecurribles.
AUTORIDADES
Comisión Organizadora
Dra. Gabriela Ceballos
Dra. Carolina Harrington
Dr. santiago Esquivel
Comisión Académica
Comisión Honoraria
[en construccion]
Comisión Coordinadora
Coordinadora General: Dra. Rosa Alicia Warlet
Dra. María Susana Benítez
Dr. Enrique Martínez
Dra. Blanca Raquel Acosta
Dr. Miguel Bonetti
Dra. Andrea Saxer
Dr. César Bechetti
Dra. Analía Coria
Dr. Lisandro Amavet
Dra. Sonia Rondoni
Dra. Silvana Olivera
Dr. Martín Pita
Dra. Valeria Enderle
Dr. José Horacio Turchetti
Dra. María Belén Ríos
Dr. Pablo Hojman
Dra. Micaela Bustamante
Dr. Ariel Bracco
Dra. Melisa Mendoza
Dra. Alejandra Marchese
Dr.Tomás Vírgala
Dra. Paula Crossa
NOVEDADES
Preparatorias – Gualeguaychú
El pasado viernes se llevó a cabo en Gualeguaychú la segunda Jornada Preparatoria del XIII Congreso Provincial de Derecho. Hubo destacadas disertaciones sobre derecho ambiental, ley de honorarios y oralidad en los procesos.La apertura estuvo a cargo del presidente del...
Organización Actividad Preparatoria en Nogoya
Dra Flavia Vergara Vergara y Dra Claudia Sterren comisión Direcriva Sección Nogoya, Dra. Patricia Uhrig Vocal de la CD del CAER y Dr. Rafael Cavagna Intendente Municipal. Gestionando declaración de interés y libre estacionamiento para el día de la jornada
Jornada Preparatoria – Concepción del Uruguay
El pasado jueves 30 de junio 2022 se realizó en Concepción de Uruguay la primera jornada preparatoria del XIII Congreso Provincial de Derecho, organizada por la Sección Uruguay del CAER, con la adhesión del Instituto de la Niñez y Adolescencia (INA) y la Sección Colón...